lunes, 19 de mayo de 2014

Conciliaciones en torno a una nueva ley universitaria

Todo cambió repentinamente. No hay tregua para quienes registramos los hechos, los intentamos ordenar y los dejamos “reposar” para luego pretender comprenderlos. 

En la discusión sobre la ley universitaria, el hasta ahora tímido poder ejecutivo entró con una propuesta de ley para la creación de la superintendencia de educación universitaria. De esta forma, se sumó a los congresistas (algunos dueños de universidades), a los rectores de la ANR que se aferran a una vida que inexorablemente parece terminar, a algunos estudiantes despistados que exigen sin proponer (hay otros que sí han propuesto) y a unos ultra libertarios despavoridos por la aparición de un Estado que los amenaza empuñando una guadaña en la mano izquierda.

En efecto, el 16 de este mes el Ejecutivo presentó ante el Congreso de la República la propuesta de ley de creación de la superintendencia de educación universitaria (SUNEDU). En esta propuesta no solo cambió el nombre (recordarán que en el dictamen de Ley Universitaria presentando en mayoría por la comisión de educación, cultura y deporte se llama SUNEU), sino que se hicieron cambios sustantivos. Entre los principales están la conformación y mecanismo de selección del consejo directivo de la SUNEDU y sus roles y funciones principales (sobre esto solo comentaré que extraño que la SUNEDU no se encargue de políticas universitarias específicas y de liderar el sistema de aseguramiento de la calidad).

En el primer caso, el consejo directivo conformado por 7 personas estaría conformado por 2 representantes del Ejecutivo, específicamente del MEF y Minedu, y 5 personajes elegidos por concurso público. A diferencia de al SUNEU del dictamen de Ley Universitario no hay representantes de ningún sector específico, particularmente de las universidades. 

Tal como comenté vía twitter estoy de acuerdo con esta propuesta. Quiebra con aquello que no funcionó en al ANR; es decir, ser juez y parte de los procesos de autorización y vigilancia de las universidades. También, el concurso público pareciera ser un mecanismo que aseguraría mayores y mejores niveles de transparencia y autonomía en la elección de los cargos (con los cuidados del caso). 

Sin embargo, no encuentro sentido a dos asuntos propuestos en este proyecto de ley. Primero la presencia del MEF en la superintendencia y los requisitos del superintendente, a diferencia de los otros. En ambos casos pareciera que se trata de razones tecnocráticas (gestión eficiente, decisiones basadas en cierto tipo evidencias, etc.). Particularmente creo que la fórmula que podría funcionar es tecnocracia en los equipos, política en la dirigencia. De lo contrario, ¿en qué plano comunicativo conversarán un superintendente-gerente y un rector-doctor? 

El ministro Saavedra ha declarado (en rápida respuesta a la opinión desfavorable del Congresista Mora que el Estado debe recuperar el rol rector de la educación superior y que debe dirigir una regulación eficaz y madura. De acuerdo con eso. También ha sostenido que el cambio en la universidad peruana se basa en 4 pilares: sistemas de información, fomento de la calidad, acreditación y licenciamiento. Creo que los pilares debieran ser otros cuatro. El principal es el sistema de aseguramiento de la calidad que integre los distintos mecanismos creados para ello como la acreditación y el licenciamiento. Uno segundo debiera ser la implementación de los mecanismos de regulación de la calidad universitaria. El tercero y fundamental debiera ser el fomento a la construcción del conocimiento, para lo cual se requiere de más y mejor investigación de múltiples tipos. Por último, la instalación de un sistema de información que contribuya con todo lo anterior pues, cómo se sabe por la investigación realizada hasta el momento, la información funciona como insumo para la decisión solo en algunos grupos. La capacidad de elección de los jóvenes más pobres basada en información es solo una fantasía conceptual.

Mi acuerdo con el dictamen de ley tiene que ver con aquello que el Congresista Mora reconoce como la base de esta propuesta de ley: (a) el reconocimiento que la educación es un derecho y como tal es exigible por los ciudadanos y es susceptible de ser garantizada por el Estado, (b) el convencimiento que la universidad está por sobre todo al servicio del desarrollo del país, lo que supone mejor formación profesional, pero también mejor formación democrática, reflexiva y crítica pues con mala educación es posible que haya crecimiento económico pero no desarrollo y (c) la comprobación que una promoción de la inversión privada desregulada no ha traído todos los beneficios que se creyó que traería. Con el DL 882 se creció en cobertura, pero no en calidad. Sino, evaluemos la calidad ofrecida por las 61 universidades autorizadas por CONAFU desde su creación.

Sigo creyendo que ambas propuestas son complementarias y busquemos que sean debatidas juntas en el pleno, que el Congreso entienda la importancia del tema y que los congresistas aprueben las mejores leyes posibles mirando la evidencia y con la voz, pero sin el voto de los congresistas vinculados a universidades (esto sí es conflicto de intereses). Todo esto para que la universidad peruana inicie las reformas que se requieren para superar la crisis en la que se sumerge cada día. Estas leyes que no solucionarán el problema, pero sí abrirán el camino para esas reformas.